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Reducción de la jornada laboral: Cuándo inicia y otros detalles

El año pasado, el Gobierno Nacional expidió la Ley 2101 de 2021, que reglamenta la reducción de la jornada ordinaria laboral a 42 horas semanales, modificando el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo, que contemplaba una jornada máxima de 48 horas semanales.

La nueva ley estipula que “los derechos de los trabajadores no se verán afectados con la disminución de la jornada máxima legal, especialmente no se reducirá la remuneración salarial”, un punto muy positivo para los empleados.

Adicionalmente, se establece que la jornada laboral se puede distribuir en 5 o 6 días a la semana, con ciertas excepciones, entre las cuales están:

  • Las partes podrán pactar de forma temporal o indefinida, turnos de trabajo sucesivos que no excedan 6 horas al día y 36 a la semana. Sin que esto de lugar al pago de recargo nocturno o trabajo suplementario.
  • Siempre que la suma de ellas no supere 42 horas, las partes podrán pactar una jornadas diarias flexibles de mínimo 4 y máximo 9 horas diarias, en las cuales no habrá lugar al pago de trabajo suplementario.
  • Aún con el consentimiento del trabajador, el empleador no podrá programar dos turnos en el mismo día. Esta regla tiene como excepción para aquellos trabajadores de dirección, confianza y manejo.

Según la normativa, esta transición se dará de forma gradual e iniciará a partir del próximo 15 de julio, reduciendo la jornada a 47 horas semanales e irá disminuyendo año a año hasta el 2026.

Aunque aún no se ha determinado cómo será el horario diurno y nocturno es posible que el horario diurno sea de 6:00 am a 6:00 pm y el nocturno las 12 horas restantes.

Véase también: IED de Cundinamarca tienen más de 50.000 cupos disponibles para acceder a la educación básica.

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