El Ministerio de Transporte anunció que desde el 23 de enero comenzará a regir la nueva reglamentación de cascos para los motociclistas en todo el territorio.
La normativa se dio mediante la resolución 23385 del 20 de noviembre del 2020, en la cual se reglamentó el uso de cascos para los conductores, acompañantes, motociclos, mototriciclos y cuatrimotos.
Esta normativa se tomó para reducir la alta tasa de mortalidad de los motorizados por accidentalidad, debido al uso de elementos de seguridad poco confiables.
El incumplimiento de la medida acarreará una multa con valor de $460.845, equivalente a 15 salarios mínimos legales vigentes.
A continuación le contamos las 3 condiciones que deben tener los cascos para motociclistas según el Ministerio de Transporte:
- La cabeza del conductor y acompañante tiene debe estar totalmente inmersa en el casco y el sistema de retención debe estar asegurado por debajo de la mandíbula inferior, sin correas rotas, ni broches partidos e incompletos.
- No está permitido llevar dispositivos móviles de comunicación o teléfonos que se interpongan entre la cabeza y el casco excepto si estos son utilizados con accesorios o equipos auxiliares que permitan tener las manos libres.
- Finalmente, en el caso de cascos con cubierta facial inferior movible, ésta siempre deberá estar fija en la parte inferior del rostro y asegurada durante el tránsito, de tal manera que ofrezca protección a la cara del motociclista (conductor o acompañante).
Véase también: Acuerdan construcción de doble calzada Zipaquirá-Ubaté.