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Así quedó el recargo nocturno a partir de las 7 p.m. para este 2024

Durante esta semana, la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes llevó a cabo la aprobación de algunos artículos cruciales de la reforma laboral propuesta por el presidente Gustavo Petro. Entre los 94 artículos existentes, 16 fueron sometidos a votación, mientras que los restantes se discutirán en febrero debido a las divergencias generadas entre los representantes.

Dos de los artículos aprobados, el 15 y el 19, destacan por los beneficios que aportarían a los trabajadores nocturnos. Estos establecen que el pago del recargo nocturno sea completo a partir de las siete de la noche y también contempla el pago completo de los dominicales y festivos. El representante Alfredo Mondragón, ponente del Gobierno, expresó su satisfacción por la aprobación, señalando que lograron cambios significativos en el recargo nocturno y los pagos correspondientes a días festivos, que se implementarán de manera progresiva.

En términos de horarios laborales, la jornada diurna de trabajo se estableció, a partir de 2024, de 6 de la mañana a 7 de la noche, mientras que la jornada nocturna se fijó de 7 de la noche a 6 de la mañana, dos horas antes de la normativa vigente.

El proyecto de ley establece una duración máxima de ocho horas diarias para la jornada ordinaria de trabajo, con un límite semanal de 42 horas, en concordancia con el artículo 3 de la Ley 2101 de 2021 sobre aplicación gradual.

Según Juan Carlos Guataquí, catedrático de la Universidad Javeriana y consultor en temas laborales, el aumento progresivo del recargo dominical, que alcanzará el 100% en 2026, permitiría a las empresas ajustarse gradualmente a esta medida, atenuando así el impacto inmediato en los costos laborales.

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