Bienestar

Nuevas medidas restrictivas para ciudades con poca capacidad en las UCI

Desde esta mañana, el Gobierno Nacional ha dado a conocer Nuevas medidas restrictivas para ciudades con poca capacidad en las UCI.

El objetivo de esta decisión, es el control de contagios masivos de covid-19 en el Puente Festivo de Reyes.

La vigencia de estas medidas se inició a partir de hoy 7 hasta el 12 de de enero del 2021.

El Ministerio de Salud y el Ministerio del Interior expidieron una circular conjunta dirigida a todos los alcaldes y gobernadores del país con indicaciones puntuales para el control de la epidemia por covid-19 durante el puente festivo de Reyes Magos.

“Son nuevas medidas que estamos tomando a partir de la situación de afectación en las diferentes ciudades. Hemos tomado como parámetro el nivel de ocupación de cuidado intensivo, pasando por las ciudades que están en el 70 y 80 por ciento y aquellas que están por encima del 85 por ciento”

Ministro de Salud, Fernando Ruiz Gómez

A continuación te contamos las nuevas medidas restrictivas para las ciudades con 70% de ocupación UCI:

  • Restricción de las cirugías no prioritarias.
  • Pico y cédula para todo tipo de actividad comercial.
  • Prohibición de todo tipo de reuniones públicas y privadas.
  • Restricción de la movilidad entre las 22:00 horas y las 5:00 horas, desde el 7 de enero hasta el 12 de enero.
  • Se permiten los servicios domiciliarios y las excepciones contenidas en el Decreto 1076 de 2020.
  • Limitación del piloto de bares y restaurantes para la venta y consumo de bebidas alcohólicas hasta máximo las 19:00 horas, mientras se mantenga el alto nivel de ocupación.
  • Realizar auditoría constante de cuidado intensivo.

Por otro lado, las Ciudades con 80% de ocupación UCI deberán adoptar las siguientes medidas:

  • Restricción de circulación de personas y vehículos en lugares públicos entre las 20:00 horas y las 5:00 horas, desde el 7 de enero hasta el 12 de enero.
  • Se permiten los servicios domiciliarios y las excepciones contenidas en el Decreto 1076 de 2020.
  • Prohibición de todo tipo de reuniones públicas y privadas.
  • Realizar auditoría concurrente de cuidado intensivo. *Ciudades con 85% de ocupación UCI o más.
  • Restricción de circulación de personas y vehículos en lugares públicos entre las 19:00 horas y las 5:00 horas, desde el 7 de enero hasta el 12 de enero.
  • Restricción de circulación de personas y vehículos en lugares públicos entre las 20:00 horas y las 00:00 horas, desde el 12 de enero hasta el 16 de enero.
  • Se permiten los servicios domiciliarios y las excepciones contenidas en el Decreto 1076 de 2020.

Lo descrito en la circular, debe ser acatado de manera inmediata por los mandatarios locales y entra en vigor desde este jueves 7 de enero.

Véase también: Medidas para evitar los contagios en Zipaquirá.

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